Despido por rechazar un anexo perjudicial. El criterio de la Corte Suprema

La Corte Suprema acogió un recurso de unificación de jurisprudencia en un conflicto que involucró a 48 trabajadores de un supermercado. Habían sido despedidos después de negarse a firmar anexos que modificaban sus funciones y afectaban sus condiciones económicas.

Qué ocurrió en el juicio

El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió la denuncia de tutela por discriminación con ocasión del despido en abril de 2024. La Corte de Apelaciones de Santiago modificó esa decisión en octubre del mismo año. Los trabajadores recurrieron ante la Corte Suprema.

El 30 de octubre de 2026, el máximo tribunal acogió la unificación, rechazó el recurso de nulidad de la empresa y declaró que la sentencia de primera instancia no era nula.

La relación entre el anexo y el despido

El análisis consideró que la continuidad del empleo se había condicionado a aceptar una modificación contractual perjudicial. Los trabajadores se negaron al cambio de cargo de cajero a operador de tienda, con consecuencias sobre un beneficio asociado al cargo original.

La Corte identificó un criterio de discriminación en la decisión de despedir por esa negativa. También examinó la falta de una justificación objetiva y la proporcionalidad de la decisión empresarial. El fallo distinguió la vulneración de derechos fundamentales de la calificación de un despido como injustificado.

Qué permite examinar este antecedente

En una evaluación jurídica conviene reconstruir qué cambio se propuso, cómo se comunicó, qué efecto tenía sobre las funciones o ingresos y qué relación existió entre la negativa y la desvinculación. El contrato original, el anexo, las comunicaciones y la carta de despido pueden ayudar a esclarecer esa secuencia.

Este comentario destaca la importancia de analizar conjuntamente la modificación propuesta y el motivo del despido. La conclusión del fallo se apoya en los hechos acreditados en ese proceso, por lo que su aplicación a otra situación exige revisar sus propios antecedentes.

Resultado del caso

La sentencia de mérito contemplaba, entre otras prestaciones, una indemnización de tutela equivalente a seis remuneraciones, un recargo del 30% sobre los años de servicio y la restitución del aporte del empleador al seguro de cesantía. La Corte Suprema mantuvo esa sentencia al rechazar las causales de nulidad examinadas.

Fuentes consultadas

Sentencia íntegra en el Poder Judicial · Reseña oficial del caso

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